Se trata de La Ley Especial para el establecimiento de condiciones básicas y de garantía para la renegociación de adeudos entre las instituciones microfinancieras. Según expertos, esta nueva ley ocasionaría una contracción en el crédito proveniente de las microfinancieras
Capital Financial Advisor
Estableciendo tasas de interés por decreto legislativo y provocando cuestionamientos sobre la seriedad de su contenido y el impacto negativo en la disponibilidad del crédito para la actividad productiva del país, fue aprobada en la Asamblea Nacional la llamada Ley Moratoria.
Después de cinco meses de tensiones la Asamblea Nacional aprobó la Ley Especial para el establecimiento de condiciones básicas y de garantía para la renegociación de adeudos entre las instituciones microfinancieras y deudores en mora.
La Ley es para todos aquellos deudores que se encuentren en mora desde junio de 2009, y contempla cuatro meses para reestructurar los adeudos con las entidades financieras, con seis meses de gracia.
Estos adeudos se renegociarán con una tasa de interés del 16 por ciento, y con un período de pago de 4 años para los adeudos menores a los diez mil dólares, y de cinco años para aquellos créditos mayores de 10 mil dólares. El proyecto tenía el 12% anual.
La moción de aumentar la tasa de interés del 12 al 16 por ciento fue introducida por el diputado Edwin Castro, y respaldada por su bancada, pese a que el diputado sandinista Douglas Alemán se pronunció por una renegociación del 12 por ciento. Por su parte, las bancadas del Partido Liberal Constitucionalista, a excepción del diputado Francisco Aguirre Sacasa, y la bancada Democrática Nicaragüense (BDN) se pronunciaron por el 12% original.
Al final, el artículo cuatro, sobre los intereses, fue modificado por el voto de los 47 diputados del Frente Sandinista, sus aliados y Wilfredo Navarro, un acérrimo crítico de la Ley, contra 36 votos.
Comentarios (0)
Escribir comentario
Tienes que estar logueado para escribir un comentario. Puedes registrate si no tienes ya una cuenta creada.